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Nuevas actualizaciones en el Código Alimentario Argentino

Se destacan un nuevo método de análisis de la Yerba Mate Elaborada; la actualización de la nómina de peces factibles de aprovechamiento comercial, cambios en la composición del edulcorante la Stevia y la incorporación del carbohidrato Isomaltulosa para reemplazar otros carbohidratos en diversos alimentos.

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Publicada el Miércoles, 07 de Febrero de 2018

A través de diversas resoluciones conjuntas de la Secretaría de Alimentos y Bioeconomía (ex Secretaría de Agregado de Valor) del Ministerio de Agroindustria y de la Secretaría de Políticas Regulación e Institutos del Ministerio de Salud de la Nación se actualizó en importantes aspectos el Código Alimentario Argentino (C.A.A.) con el objetivo de mejorar la calidad de los productos y promover el desarrollo de la Industria de Alimentos y Bebidas.

De esta forma se modificó, a través de la Resolución Conjunta N°2 - E/2018, el Método de Análisis de la Yerba Mate Elaborada, con el fin de mejorar la genuinidad y calidad del producto, lo que implicaría un gran paso para el crecimiento del sector yerbatero de la Argentina.

La medida consiste en la modificación de los métodos para la determinación del contenido de palo y el contenido de fibra cruda en la yerba mate, contemplados en el artículo 1194 del Capítulo XV del C.A.A

Por otra parte, gracias al esfuerzo mancomunado de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura como del Senasa, se actualizó la clasificación sistemática de las especies y la diversificación de animales acuáticos de importancia comercial, que se plasmó en la Resolución Conjunta N° 6 - E/2018.

Mientras que, ante una solicitud de la Industria de Alimentos y Bebidas, la Comisión Nacional de Alimentos introdujo cambios en la actualización de los Glicósidos de Esteviol (compuestos químicos responsables del sabor dulce de las hojas de la planta Stevia rebaudiana Bertoni), que son los principales ingredientes o precursores de muchos sustitutos del azúcar o edulcorantes. Para ello se tomaron como antecedentes normativos los cambios producidos en las especificaciones establecidas por el Comité Mixto FAO/OMS de expertos en aditivos alimentarios (JECFA por su sigla en inglés). En este sentido cabe señalar que a partir del día de la fecha se contempla cualquier mezcla de compuestos del mencionado aditivo, siempre y cuando el porcentaje total del mismo no sea inferior al 95 % (Resolución N° 7 -E/2018).

Asimismo se sumaron otras importantes actualizaciones:

-La incorporación del Carbohidrato Isomaltulosa, quedando permitido así el reemplazo total o parcial de otros carbohidratos en alimentos tales como bebidas, productos horneados, cereales y derivados, sopas, postres, productos a base de leche, helados, snacks y productos de confitería (Resolución N° 3 - E/2018).

-La incorporación al C.A.A. de la harina de Semilla de Vinal (Resolución N° 4 - E/2018).

-La modificación del artículo 1331 referido a la asignación de aditivos y sus concentraciones máximas para los vinagres (Resolución N° 1 - E/2018).

-Y finalmente, la actualización vinculada a Huevo Cocido y Ovoproductos en el Capítulo VI "Alimentos cárneos y afines" del C.A.A. (Resolución N° 5 - E /2018 ),

De esta manera, se sigue avanzando en la actualización de las normas que regulan los alimentos, ya que son instrumentos de políticas públicas productivas y sanitarias, que deben acompañar al sector en su evolución tecnológica y en los procesos de agregado de valor.

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Alimentos Argentinos
Anmat
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Secretaría de Comercio

La Comisión Nacional de Alimentos - CONAL - es un organismo técnico que se encarga de las tareas de asesoramiento, apoyo y seguimiento del Sistema Nacional de Control de Alimentos, establecido por el Decreto 815 de 1999. Durante el presente año la Presidencia de la Comisión Nacional de Alimentos es ejercida por el Secretario de Calidad en Salud del MINISTERIO DE SALUD, Dr. Leonardo Oscar Busso. La oficina de la Secretaría técnica-administrativa de la CONAL se encuentra ubicada en Estados Unidos 25 , Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina - CP C1101AAA.
Ver texto completo

Marco Regulatorio

Decreto 4.238 / 1968

El reglamento está subdividido en 30 capítulos que contienen disposiciones referidas a definiciones generales de los términos empleados, al régimen de habilitaciones, a aspectos constructivos e instalaciones de los establecimientos, de la inspección post-mortem y el examen ante-mortem, a obligaciones de los distintos tipos de establecimientos elaboradores de productos cárnicos, a la definición de los productos y a los requisitos para su elaboración, al uso de aditivos, a la clasificación y definición de aves, huevos y productos de la pesca así como a los requisitos para su elaboración, a las obligaciones de los establecimientos elaboradores de subproductos incomestibles, al embalaje y la rotulación, a los certificados sanitarios, al transporte de productos, subproductos o derivados de origen animal, a las fundaciones de asesoramiento y al régimen de penalidades.

+ Ver Decreto Nº 4.238 / 68

Decreto 815 / 1999

Este decreto del Poder Ejecutivo Nacional estableció el Sistema Nacional de Control de Alimentos (SNCA) con el objetivo de asegurar el cumplimiento del Código Alimentario Argentino (CAA), derogando el Decreto 2194/94 que establecía un régimen similar para el control de los alimentos y sus establecimientos productores.
Tiene como finalidad asegurar el cumplimiento del CAA que es la norma fundamental del SNCA.

Integración del SNCA:
Comisión Nacional de Alimentos (CONAL)
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SeNaSA).
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
Se invita a las Autoridades Provinciales y del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires a integrarse al sistema.

+ Ver Decreto 815 / 99